Mayo 18, 2024

ajuntamentdaltvila

Exposición: Bases reguladoras puestos de venta en los mercados ocasionales de Eivissa

Habiéndose aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 7 de febrero de 2017 (Decreto 2017-0553) las Bases reguladoras para la adjudicación de las autorizaciones de puestos de venta en los mercados ocasionales de Eivissa para el año 2017, quedan expuestas al público, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal http://eivissa.sedelectronica.es.

Estas bases pueden ser recurridas potestativamente en los términos y plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Eivissa, 7 de febrero de 2017
La concejala de Turismo, Comercio y Mercados
Gloria Corral Joven

Anuncio aprobación provisional de la modificación y ampliación de la Ordenanza Impuesto sobre incremento de valor terrenos naturaleza urbana

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de octubre de 2016, y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 15 y 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ha acordado provisionalmente la aprobación de la modificación y ampliación de:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del RD Legislativo 2/2004, el presente acuerdo provisional se expondrá al público en el tablón de anuncios de la calle de Canarias 35, treinta días hábiles, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones oportunas.

Eivissa, 28 de octubre de 2016

Ildefonso Molina Jimenez

Concejal Delegado de Hacienda

Bando de horarios para la deposición de los residuos en los contenedores municipales

RAFAEL RUIZ GONZÁLEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

HAGO SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza municipal de gestión de residuos municipales (BOIB núm. 181, de 21 de diciembre de 2004 y posteriores modificaciones) y la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente y la salud frente a la contaminación acústica (BOIB núm. 183, de 28 de octubre de 2004 y posteriores modificaciones) los horarios para la deposición de los residuos en los contenedores municipales son los siguientes:
- Fracción resto: entre las 20.00 h y las 23:00 h.
- Fracción vidrio: entre las 08:00 h y las 22:00 h.
- Fracciones papel y envases (excepto cartón comercial): sin limitación horaria.

Los establecimientos comerciales que de manera habitual generen cantidades de cartón importantes deben comunicar este hecho al Ayuntamiento y depositar este cartón de forma plegada y atada, de forma que ocupe el menor espacio posible, o bien en contenedores propios entre las 20:00 y las 22:00 h en el punto concertado previamente con el Ayuntamiento.
 
El incumplimiento de la normativa puede suponer sanciones de hasta 30.000 euros y pérdida de licencia del negocio para ejercer su actividad.

La publicación de este bando deroga los bandos anteriores.
 
Eivissa,
El Alcalde

Bando con motivo de la creación de una zona habilitada para perros en la costa del término municipal de Eivissa

Se permite la presencia de animales en una zona de baño de la costa del municipio de Eivissa durante todo el año, en el tramo de costa delimitado por unos carteles que indican el comienzo y final de la zona permitida entre las calles Quartó de Balansat y Quartó de Sta. Eulalia del Río.

En esta zona se deberán respetar las siguientes normas de conducta:
El acceso hasta el mar se debe hacer con el perro atado.
El /la propietario/a debe llevar la documentación del animal en regla.
El/la propietario/a es responsable de los desperfectos que cause el animal.
El animal siempre debe estar controlado por su propietario.
Los perros potencialmente peligrosos deben ir controlados y llevar bozal.
Los excrementos deben recogerse y depositarse en las papeleras.
No se puede estorbar el resto de usuarios/as.

En el resto de playas se permitirá la presencia de perros a lo largo del año a excepción del fin de semana y festivos, durante el período comprendido entre el inicio de Semana Santa y hasta el 31 de octubre, donde la circulación y permanencia de animales en la playa estará totalmente prohibida,

Los incumplimientos relacionados con la presencia y conducta de los animales en las playas se sancionarán conforme la Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de las playas y puntos de baño del municipio de Eivissa y la Ordenanza reguladora sobre la tenencia y protección de los animales con sanciones que pueden ir desde 100 euros hasta 3.000 euros.

Eivissa, 22 de junio de 2016
El alcalde,
Rafael Ruiz González

Mercados
Cantidad de artículos:
1
Bandos municipales
Cantidad de artículos:
51
Bandos tráfico
Cantidad de artículos:
42
Anuncios
Cantidad de artículos:
72
Oficina Virtual
Cantidad de artículos:
1
Subvenciones
Cantidad de artículos:
62
Subvenciones abiertas
Cantidad de artículos:
37
Subvenciones adjudicadas definitivamente
Cantidad de artículos:
11
Ayudas COVID
Cantidad de artículos:
3