Creación de una zona habilitada para perros en la costa del término municipal de Eivissa
Se permite la presencia de animales en una zona de baño de la costa del municipio de Eivissa durante todo el año, en el tramo de costa entre la calle de Benirrás hasta el final del término municipal de Eivissa.
En esta zona se deberán respetar las siguientes normas de conducta:
* El acceso hasta la zona permitida se debe hacer con el perro atado.
* El/la propietario/a debe llevar la documentación del animal en regla.
* El/la propietario/a es el responsable de los desperfectos que cause el animal.
* El animal debe estar siempre controlado por su propietario/a.
* Los perros potencialmente peligrosos deben ir controlados y llevar el bozal.
* Los excrementos se deben recoger y depositar en las papeleras.
* No se puede molestar al resto de usuarios/as
En el resto de playas se permitirá la presencia de perros a lo largo del año a excepción de los fines de semana y festivos, y durante el período comprendido entre el inicio de Semana Santa y hasta el 31 de octubre, donde la circulación y permanencia de animales en la playa estará totalmente prohibido.
Los procedimientos relacionados con la presencia i conducta de los animales en las playas se sancionarán conforme la Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de las playas y puntos de baño del municipio de Eivissa y la Ordenanza reguladora sobre la tenencia y protección de los animales con sanciones que pueden ir desde 751 euros hasta 3000 euros.